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Arturo Peimbert Calvo, emite defensoría recomendación a Fiscalía General del estado Oaxaca

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La Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca emitió la recomendación 12/2016 dirigida a la Fiscalía General del Estado por violaciones a los derechos humanos del ciudadano J. J. F. H., quien fue víctima de detención arbitraria durante la cual fue objeto de golpes, malos tratos y amenazas.

El agraviado narró al personal de la Defensoría del Pueblo de Oaxaca que el 10 de marzo de 2015 llegaron a su domicilio cuatro agentes estatales de Investigación, quienes irrumpieron en su casa, lo encañonaron a él y su familia (pues dos de ellos portaban armas largas), mientras los otros dos se acercaron al quejoso para golpearlo y subirlo a un vehículo.

El ciudadano J. J. F. H. detalló que los elementos de la Agencia Estatal de Investigaciones lo golpearon y trasladarlo a las oficinas de esa dependencia, donde al llegar le advirtieron que no los acusara por haberlo golpeado y que no se quejara, pues ya tenían ubicada a su familia.

Debido a estos hechos, el agraviado presentó una denuncia penal, la cual provocó que el 30 de agosto del 2015 el juez librara una orden de aprehensión por los delitos de abuso de autoridad y lesiones en contra de dos de los cuatro elementos que violentaron los derechos humanos del ofendido; sin embargo, los otros dos elementos que participaron en la detención no fueron consignados por falta de elementos.

La Defensoría emitió la recomendación 12/2006 tras integrar el expediente de queja DDHPO/376/(01)/OAX/2015 y su acumulado DDHPO/1366/(01)/OAX/2015, dentro del cual corroboró que se violentaron los derechos humanos del agraviado.

La Defensoría del Pueblo de Oaxaca solicitó a la Fiscalía General del estado que, como medida de recuperación o restablecimiento de la salud mental y afectiva del agraviado, se le brinde el tratamiento y acompañamiento psicológico especializado que requiera, a fin de revertir las consecuencias psicológicas ocasionadas por la violación a los derechos humanos descrita en el cuerpo de la resolución.

La institución autónoma solicitó que, como reparación integral del daño causado, en coordinación con el afectado se realice una cuantificación de los gastos que erogó con motivo de la atención médica que recibió, derivada de las violaciones a sus derechos humanos, y dicha cantidad le sea cubierta por la Fiscalía General del estado.

De igual forma, la Defensoría pidió que en un plazo de 15 días hábiles se inicie procedimiento administrativo de responsabilidad a los elementos de la Agencia Estatal de Investigaciones involucrados; y en su caso, se les impongan las sanciones a que haya lugar.

La institución autónoma pidió instruir al agente del Ministerio Público encargado del trámite a fin de que realice las diligencias que resulten pertinentes para la identificación de una persona que participó en los ilícitos denunciados y que se encuentra pendiente de identificar, y a la brevedad posible determine sobre el ejercicio de la acción penal ante el órgano jurisdiccional.

Asimismo, la Defensoría pidió a la autoridad valorar la posibilidad de ordenar la aplicación de las medidas de protección idóneas a favor de la víctima y sus testigos, si estima que los imputados representan un riesgo inminente en contra de su seguridad, conforme a la normatividad aplicable.

La instancia defensora pidió exhortar al encargado del Grupo de Investigación de Robos de la Agencia Estatal de Investigaciones y a los elementos bajo su mando, para que en lo sucesivo proporcionen la información que sea requerida por la institución defensora de forma veraz y oportuna, a fin de que exista eficacia en la procuración de justicia y no se vulneren los derechos fundamentales de los ciudadanos, pues de lo contrario dicha autoridad podría incurrir en responsabilidad administrativa o penal.

De igual forma, la Defensoría solicitó exhortar a los elementos de la AEI para que en lo subsecuente eviten incurrir en actos como los analizados en la presente resolución; así como para que ajusten su actuar a los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos.

El organismo defensor pidió a la autoridad realizar un acto de reconocimiento de responsabilidad satisfactorio a favor de la víctima, mismo que deberá ser acordado con la institución autónoma y la propia víctima.

Finalmente, la Defensoría del Pueblo de Oaxaca solicitó incluir en los programas y procesos de formación que se impartan a los elementos de la AEI, temas relativos a los aspectos formales y materiales que deberán cumplirse al momento de detener a una persona, al igual que elementos para la prevención de tratos crueles, inhumanos y degradantes durante las detenciones.

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