Las áreas verdes creadas para mitigar afectaciones ambientales deberán tener mantenimiento, determinó la Secretaría de Medio Ambiente.
«El promoverte deberá elaborar y ejecutar un programa de mantenimiento, durante dos años», definió.
La Gaceta Oficial de Ciudad de México da a conocer este viernes la norma local NADF-006-RNAT-2016 de especificaciones que deben cumplir las autoridades, personas físicas y morales que realicen actividades de fomento de áreas verdes.
El mantenimiento incluye la obligación de estar al tanto del arbolado, la vegetación, el riego y el equipamiento.
«Una vez concluido el período de mantenimiento, el responsable del proyecto deberá entregar el área verde a la autoridad correspondiente», indica la norma.