Con el fin de garantizar que el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Yucatán (IEPAC) como sujeto obligado se apegue a los principios de la nueva Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, el Consejo General integró hoy, en sesión ordinaria, el Comité de Transparencia del órgano electoral que será presidido por su Contralor General, Wilbert Arturo Salazar Durán.
Durante la sesión el Consejo General del IEPAC aprobó el nuevo Reglamento para la Administración, Destino Final y Baja de Bienes del Instituto para estar acorde con las necesidades, estructura y funcionamiento del Instituto como resultado de las reformas constitucionales en materia político-electoral.
Asimismo, el Secretario Ejecutivo, Hidalgo Victoria Maldonado, entregó a los miembros del Consejo General el informe de quejas de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral; el informe respecto de las peticiones y diligencias practicadas en ejercicio de la función de Oficialía Electoral y el informe de cumplimiento de los acuerdos emitidos por el Consejo General del mes de enero al 9 de mayo del 2016.
Respecto a la integración del Comité de Transparencia la Consejera Presidenta, María de Lourdes Rosas Moya, explicó que se crea fundamentalmente para asumir la responsabilidad que ya mandata la nueva Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
El 4 de mayo del 2015 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación esta nueva normativa que en su artículo 43 establece que cada sujeto obligado integrará un Comité de Transparencia colegiado e integrado por un número impar.
A partir de ahora, mencionó la Consejera Presidenta, cada vez que un ciudadano solicite información y esta información no se pueda dar de manera completa o se tenga que aplazar un tiempo más inmediatamente tiene que sesionar el Comité que tendrá que verificar si en efecto esa información no se tiene o se deberá aplazar un poco más de tiempo la contestación.
Ante esta situación y en cumplimiento a las normas durante la sesión se aprobó la creación del Comité del IEPAC Yucatán el cual estará bajo la presidencia del Contralor General y como vocales el Director Ejecutivo de Administración y Prerrogativas, Ariel Itzá Alcalá; el Director Ejecutivo de Procedimientos Electorales y Participación Ciudadana, Christian Hurtado Can; el Titular de la Unidad de Apoyo a Presidencia y Vinculación Danny Och Góngora y el Titular de la Unidad Jurídica, Bernardo Cano González.
La Consejera Electoral, Naybi Janeth Herrera Cetina, en su carácter de Presidenta de la Comisión de Transparencia y Acceso a la Información destacó que con la creación del Comité se garantiza el cumplimiento de la Ley.
Afirmó que de esta manera la información del Instituto será constatable y accesible a la comunidad y las acciones, programas y el desempeño del IEPAC como órgano autónomo estarán a mayor disposición de los ciudadanos.
Agregó que con ello todo funcionario público queda sujeto a transparentar sus funciones y actividades, pues debe tener presente que toda la información en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como de cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en el ámbito federal, estatal y municipal, es pública.
Dijo que en el Instituto estamos convencidos que las reformas que últimamente han sufrido las leyes en materia de transparencia y acceso a la información pública son una clara muestra del avance que tenemos como estado democrático, y con ellas se brinda a la sociedad los elementos fundamentales para que conozcan de manera expedita en todas sus fases el uso y el destino de nuestras acciones.
Aseguró que por eso el Comité de Transparencia dentro del ámbito de sus funciones se regirá por los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, eficacia, objetividad, profesionalismo, transparencia y máxima publicidad, adoptará sus resoluciones por mayoría de votos para garantizar que los sujetos obligados, en los procedimientos de generación de la información, clasificación o desclasificación, y declaración de inexistencia de la información, así como en las determinaciones de ampliación de respuesta, se apeguen a los principios de esta ley y a las disposiciones legales y normativas aplicables.